La prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de financiamiento al terrorismo es una de las obligaciones más vigiladas del sistema financiero. Un incumplimiento puede traducirse en multas significativas, en la pérdida del registro o de la autorización para operar y en riesgos penales para directivos. En Repetto + Repetto diseñamos, implementamos, auditamos y defendemos programas de cumplimiento con enfoque basado en riesgo, proporcionales al tamaño y a la operación de cada cliente.
Programa integral de cumplimiento
- Documento de políticas de identificación y conocimiento del cliente: Redactamos el manual que exige la regulación aplicable a cada tipo de entidad, con procedimientos de identificación, integración de expedientes, conocimiento del cliente y del beneficiario controlador, y criterios para clientes de alto riesgo y personas políticamente expuestas.
- Metodología de evaluación de riesgos: Diseñamos la metodología y la matriz que clasifican a clientes, productos, canales y zonas geográficas, y que determinan qué medidas de debida diligencia se aplican en cada caso.
- Estructuras internas: Asesoramos en la designación del oficial de cumplimiento y en la integración y funcionamiento del comité de comunicación y control, con sus actas, sesiones y responsabilidades.
- Monitoreo y reportes: Establecemos los criterios para detectar operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes, y acompañamos la elaboración y envío de los reportes a la Unidad de Inteligencia Financiera por conducto de la CNBV.
- Listas y alertas: Implementamos la consulta de la lista de personas bloqueadas y de otras listas de riesgo, y los procedimientos para actuar ante una coincidencia.
- Capacitación: Impartimos el programa anual de capacitación a consejeros, directivos y empleados, con constancias y evaluaciones.
- Conservación de información: Definimos cómo y por cuánto tiempo deben conservarse expedientes y registros conforme a la ley.
Revisión independiente y auditoría anual
La regulación exige que el programa de prevención sea evaluado periódicamente por un área o un tercero independiente. Realizamos la revisión, documentamos los hallazgos, proponemos medidas correctivas y damos seguimiento a su implementación. Un informe bien elaborado es la mejor defensa ante una visita de la autoridad.
Visitas de inspección y procedimientos sancionatorios
Preparamos a la entidad antes de una visita de la CNBV, la acompañamos durante la inspección, atendemos las observaciones y elaboramos los programas de corrección. Si se inicia un procedimiento de sanción, presentamos la defensa, ofrecemos pruebas y, en su caso, impugnamos la resolución.
Actividades vulnerables para empresas no financieras
La ley antilavado también impone obligaciones a empresas que no son financieras pero realizan actividades consideradas vulnerables, como el desarrollo y la comercialización de inmuebles, la venta de vehículos, joyas y obras de arte, la constitución de derechos personales de uso, el otorgamiento de préstamos por no financieras, las operaciones con activos virtuales y ciertos servicios profesionales. Asesoramos en el alta y registro en el portal correspondiente del SAT, la identificación de clientes y beneficiarios controladores, la presentación de avisos y la integración de expedientes, y defendemos a las empresas en las visitas de verificación y procedimientos de sanción.
Servicio de cumplimiento continuo
Para entidades que no cuentan con un área de cumplimiento propia, ofrecemos acompañamiento permanente: revisión periódica de expedientes, actualización del manual ante cambios regulatorios, apoyo al oficial de cumplimiento y calendario de obligaciones.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede ser oficial de cumplimiento?
Debe ser una persona con conocimientos en la materia, que cumpla los requisitos de independencia e idoneidad que fija la regulación de cada tipo de entidad. Su designación debe informarse a la autoridad.
¿Qué pasa si mi SOFOM no envía sus reportes a tiempo?
La omisión o el retraso en los reportes es causa de sanción y puede comprometer la renovación del registro. Si ya ocurrió, conviene regularizar cuanto antes y documentar las medidas correctivas.
¿Mi empresa realiza una actividad vulnerable?
Depende de su giro y de los montos de sus operaciones. Revisamos su actividad para determinar si debe registrarse y presentar avisos.